Elementos claves de la Medida:
Imposibilidad de que la nueva señal TV de Servicio Público tuviera alcance nacional. La plataforma se instalaría progresivamente, tardando dos años y en lo inmediato se vería en Caracas y Maracaibo. (Situación objetiva, anunciada por voceros del Ejecutivo).
La red no es sustituible en lo inmediato.
La Acción del Gobierno se volvió insuficiente a pesar de su buena voluntad de avanzar en las gestiones de armar la red para Caracas y Maracaibo.
Es una victoria frente al propio Gobierno, frente a un esquema progresivo de implementación de la plataforma tecnológica y ante una expectativa legítima de un derecho a acceder y disfrutar de la prestación de un servicio público universal de telecomunicaciones. Posibilidad efectiva de que tales usuarios accedan en condiciones de igualdad y con el mantenimiento de un estándar mínimo de calidad al correspondiente servicio.
Se garantiza la continuidad del servicio.
Es una acción por intereses colectivos que prevalece bajo un derecho de propiedad privada limitado. El TSJ ampara cautelarmente a todos los ciudadanos. Además la red de trasmisión no le sirve para el uso de otra frecuencia en el país.
No se ampara al Gobierno. Es una victoria de las comunidades organizadas y de los Comités de Usuarios.
Es una decisión de soberanía.
No es un problema de libertad de expresión, ni de libertad de prensa.
La medida Cautelar evita que se produzca un daño en lo inmediato (evitando que ellos puedan apagar la red, sabotear y atentar contra el sistema de transmisión, etc.)
Las redes son bienes de dominio público.
No hay traspaso de propiedad. No pasa a propiedad del Estado. Ni expropiación, ni confiscación.
CONATEL es responsable de la administración de la red para el uso de la Fundación Televisora Venezolana Social (TVES).
Es una medida de ejecución inmediata y que no tiene apelación.
El Ministerio de la Defensa vela por la seguridad de la red.
En un Estado de Derecho se cumple lo que ordena y establece la medida cautelar dictada por el TSJ.
Ellos pueden seguir trabajando pero no en la Frecuencia del canal 2. No fue Renovada la Concesión.
La red es un sistema.
No están agotados los recursos y medidas internas, tal como ellos argumentan para recurrir a los organismos internacionales. Está en curso el juicio del recurso de nulidad que ellos introdujeron ante la sala Político administrativa ante la No Renovación de la Concesión a RCTV.
Es un derecho universal del Estado garantizar que la señal pueda seguir viéndose en todo el territorio nacional.
Tiene asidero jurídico.
No ha sido conculcado el derecho de propiedad.













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